Consulta pública previa a la innovación Nº21 del PGOU de Huércal-Overa, para regularización del suelo no urbanizable y ampliación del sector industrial.

MEMORIA

- Antecedentes: El suelo no urbanizable del municipio de Huércal-Overa se regula mediante el Plan General de Ordenación Urbanística de Huércal-Overa, aprobado por Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de octubre de 2006, anuncio de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, BOJA núm. 112, de 7 junio de 2007. Desde la citada aprobación han pasado más de 12 años, en los que el contexto socioeconómico del municipio ha cambiado de forma considerable. 

- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa: El suelo no urbanizable de carácter natural o rural, se concibió como un suelo residual de los de especial protección en sus distintas categorías, pero sin realizarse un estudio minucioso de las características del mismo. Así, la totalidad de los terrenos afectados por dicho tipo de suelo, están sujetos a diferentes propiedades específicas que hacen que los usos a implantar sobre los mismos sean objeto de un detallado estudio en función de las propiedades físicas de los suelos (geodiversidad, biodiversidad, estudios hidrológicos, aguas subterráneas, aguas superficiales, intervisibilidad, etc).

En otros campos como el medioambiental o el de la regulación de actividades, se han producido avances normativos que no encuentran fácil acomodo dentro de lo dispuesto por el PGOU, al introducir los nuevos criterios sobre protección medioambiental, clasificación de las distintas actividades, etc.

Del desarrollo urbanístico que ha experimentado el municipio, desde la aprobación del PGOU, cabe la reflexión sobre los suelos clasificados como de especial protección de lugares de posición estratégica unas zonas próximas a enlaces de la autovía con la red de carreteras, junto a suelo industrial con un gran potencial de localización para actividades de equipamiento, dotaciones, o suelos para actividades productivas, cuya preservación aconsejaba limitar los aprovechamientos rurales para no condicionar las posibilidades de desarrollo adecuado de estas potencialidades. El paso de los años y la aplicación del instrumento de planeamiento general han puesto de manifiesto que dicha protección, más que un nicho de oportunidades ha supuesto un bloqueo para los suelos situados en el mismo, demostrándose la ineficacia de esos terrenos a la hora de atraer desarrollos de tal magnitud que aconsejasen la Innovación correspondiente del PGOU para clasificarlos como urbanizables no sectorizados. Estos suelos se sitúan junto al nudo de la A-7 con la Ctra. de Sta. María de Nieva, el nudo de la A-7 con la Ctra. Nacional 340-a (La Morena) y una nueva bolsa de suelo junto al nuevo enlace de la Autovía del Almanzora con la A7 (Paraje La Ballabona).  

- Necesidad y oportunidad de su aprobación: Se hace necesario la regulación del Suelo no Urbanizable, para que los usos y actividades que se puedan implantar en estos tipos de suelo, se haga en base a un estudio detallado de las propiedades físicas de los mismos (geodiversidad, biodiversidad, estudios hidrológicos, aguas subterráneas, aguas superficiales, intervisibilidad, etc.), limitando los usos intensivos en favor de los usos sostenibles y siendo necesaria a su vez la disponibilidad de nuevos suelos productivos, sobre todo en zonas próximas a los nudos de acceso a Huércal-Overa.  

- Objetivos de la Ordenanza: El objetivo de esta Innovación tiene una doble vertiente, por un lado la regulación de los usos a implantar en el suelo no urbanizable de carácter natural o rural, limitando los usos intensivos en favor de los usos sostenibles y por otro atraer al sector empresarial, con el fin de que se ubiquen nuevas instalaciones que ofrezcan nuevas oportunidades económicas, mejor aprovechamiento de los recursos locales, generando más riqueza y empleo; y a su vez se diversifique la base económica del municipio, dando estabilidad a nuestra población. Para ello se plantea la clasificación de nuevos suelos urbanizables no sectorizados junto al nudo de la A-7 con la Ctra. de Sta. María de Nieva, el nudo de la A-7 con la Ctra. Nacional 340-a (La Morena) y una nueva bolsa de suelo junto al nuevo enlace de la Autovía del Almanzora con la A-7 (Paraje La Ballabona).